DEFENSA A LA AUTONOMÍA UNIVERSITARIA: CASACIÓN ORDENA INVESTIGAR OPERATIVO DE GENDARMERIA NACIONAL EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CHACO AUSTRAL

    El máximo tribunal penal del país resolvió unánimemente dejar sin efecto la desestimación de la denuncia del Rector y mandó profundizar la investigación en torno a las irregularidades del procedimiento ejecutado por fuerzas de seguridad en las instalaciones de la Universidad Nacional del Chaco Austral (UNCAus) y su obra social.

    La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal —integrada por los señores jueces Alejandro W. Slokar, Daniel Antonio Petrone y Diego Barroetaveña — por unanimidad resolvió hacer lugar al recurso interpuesto por la querella, anular el fallo anterior que había confirmado el archivo de las actuaciones y devolvió el proceso a su origen, a fin de que se proceda a la investigación de los hechos denunciados. La sentencia de casación advierte que el cierre de la causa se dispuso de manera prematura y sin brindar respuesta a las circunstancias de arbitrariedad denunciadas, que podían exceder la autorización judicial y resultaban pasibles de afectar la autonomía universitaria.

    En su voto, el juez Alejandro W. Slokar, que lideró el acuerdo, remarcó: “la hipótesis denunciada da cuenta de que la orden de presentación dictada fue presuntamente ejecutada por efectivos armados de Gendarmería Nacional -bajo instrucciones de la fiscalía-, con la clausura de las dependencias de la obra social (ISSUNCAUS) impidiendo el acceso con llave, e incluso se afirmó la privación de la libertad e intimidación de los dependientes que se encontraban en su interior”.

    En este sentido, consideró que: “los fundamentos dados por la Cámara de Apelaciones resultan insuficientes para justificar la desestimación liminar de las actuaciones y tornaban imperiosa, cuando menos, una mínima producción probatoria que permitiese deslindar la verdad real de lo acontecido”.

    El juez Daniel Antonio Petrone también postuló el avance de la pesquisa por los abusos, y enfatizó además que «en este caso, la Cámara a quo, al confirmar la desestimación de la denuncia por inexistencia de delito, en un momento tan incipiente del sumario, ha vedado a la querella la posibilidad de impulsar el proceso y probar los extremos de su imputación», recordando que el ofrecimiento de prueba efectuado por la parte acusadora debía ser tramitado para desentrañar la verdad material de lo acontecido.

    Por su parte, el juez Barroetaveña adhirió en lo sustancial a los fundamentos y a la solución propiciada.

    La causa inició a partir de la denuncia formalizada por el Rector de la alta casa de estudios, Prof. Germán Eduardo Oestmann, a raíz de los sucesos acaecidos el 9 de diciembre de 2024. En dicha oportunidad, el rector promovió denuncia penal contra la Auxiliar Fiscal y los efectivos de Gendarmería Nacional por abuso de autoridad, incumplimiento de deberes de funcionario público y prevaricato.

    Con énfasis en el ingreso y control armado del edificio universitario, sostuvo que se desnaturalizó la orden formal de presentación para convertir  el procedimiento  en un allanamiento encubierto, actuar coercitivo que conllevó también la restricción de la libertad de los dependientes de la Universidad, abogados y hasta escribana que acudió a labrar un acta notarial, lesionando así la autonomía universitaria que resguarda la Constitución Nacional (art. 75 inc. 19 CN) y la Ley de Educación Superior.

    La independencia política, administrativa, académica y económica que tienen las universidades publicas frente a injerencias externas, especialmente del Poder Ejecutivo Nacional, es un factor de relieve en la actual coyuntura argentina, a escasas horas de la 5ta. Marcha Nacional en Defensa de la Universidad Pública. 

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